Capítulo X
10.-
Reforma a la
Constitución Política del Estado de Baja California del 24 de
mayo del 2002.
Por
Decreto No. 36, publicado en el Periódico Oficial número 21, de fecha 24 de
mayo del 2002, y expedido por la
H. XVII Legislatura, se reformó el artículo 58 de la Constitución del
Estado, para establecer que el Presidente del Tribunal Superior de Justicia
durará dos años en el cargo y no podrá ser reelecto.
Por acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado
de fecha 18 de junio del 2002 y conforme a las facultades conferidas por los
artículos 65 de la
Constitución Política del Estado y 168 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, y lo señalado por los artículos 4, 5, 6, 7 y 8 del Reglamento
Interior del Consejo, se llevó acabo el proceso para la designación del Juez
Consejero insaculado, resultando el cargo a favor de la Licenciada María
Guadalupe Haro Haro, Juez Quinto de lo Civil del
Partido Judicial de Mexicali.
El Licenciado Mario
Fernando Ruíz Sández,
renuncia al cargo de Magistrado Supernumerario para participar en el concurso
de oposición para Jueces de primera instancia, y toda vez que por acuerdo del
Consejo de la Judicatura
de fecha doce de julio del 2002 , fue designado
titular del Juzgado Tercero de lo Civil en Ensenada, tomando posesión del cargo
el día siete de agosto del mismo año.
Por otra parte, el Consejo de la Judicatura del Estado
de Baja California, en cumplimiento al Acuerdo 5.10 emitido en sesión ordinaria
de fecha veinticuatro de septiembre del año dos mil dos, y con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 64 y 65 de la Constitución Política
del Estado de Baja California, así como de los artículos 159,168 fracción II y
XXIV, y los comprendidos en el Título Decimotercero de la Ley Orgánica del
Poder Judicial del Estado de Baja California, se expide el Reglamento de
Peritos y Auxiliares de la
Administración de Justicia del Estado de Baja California.
Con fecha 6 de diciembre del 2002, el Magistrado José
Palomino Castrejón fue designado Presidente del
Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado,
para el período comprendido del día primero de noviembre del año 2002 al 31 de
octubre del año 2004, merece destacar, que en el período actual se ha dado un
gran impulso a la capacitación, formación y actualización de los servidores
públicos del Poder Judicial, así como a la dignificación salarial de los
Jueces.
El lunes 29 de septiembre del 2003, el Licenciado
Víctor Vázquez Fernández, protestó al cargo como Magistrado del Tribunal
Superior de Justicia, con lo que se dio cumplimiento a la resolución de amparo
numero 17/2002-3, de fecha 23 de septiembre del 2002, que ordenaba la
reinstalación de este servidor público de la Administración de
Justicia, la cual fue confirmada por el segundo Tribunal Colegiado del XV
Circuito de fecha 20 de agosto del 2003.
Como resultado del Proceso de Juicio Político, y luego
de fundamentar las conclusiones alcanzadas como Jurado de Sentencia, el Congreso
del Estado resolvió con fecha 27 de Octubre de 2003, la destitución de tres
magistrados, además de la inhabilitación de nueve ex magistrados. Lo anterior,
fue producto del proceso que se inició un año anterior, luego de que los ahora
ex magistrados fueron denunciados ante esa Soberanía.
Bajo estas
circunstancias, es preciso señalar que en cumplimiento a la ejecución de
sentencia de amparo, motivo por el cual fue reinstalado el Magistrado Víctor
Vázquez Fernández en la
Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia, se originó
una situación irregular, toda vez que el Tribunal al estar conformado por
cuatro salas, integradas por tres magistrados cada una, no dio lugar a que el
Magistrado Jesús Angulo Beltrán, quien era parte integrante de la Tercera Sala en
comento, con nombramiento de Magistrado Numerario quedara sin adscripción en
alguna de las salas del Tribunal. Por lo que al resolverse el Juicio Político,
por el cual se ordena la destitución e inhabilitación del Magistrado Víctor
Vázquez Fernández, el Pleno del Consejo de la Judicatura con las
facultades conferidas por los artículos 65 párrafo tercero de la Constitución del
Estado y 168 fracción VII de la
Ley Orgánica del Poder Judicial, adscribió al Magistrado
Jesús Angulo Beltrán en la
Cuarta Sala del Tribunal Superior de Justicia, regulándose
con ello tal situación.
Asimismo, en base
a lo dispuesto por los numerales 61 y 93 de la Constitución del
Estado y Ley Orgánica del Poder Judicial, respectivamente, los Magistrados Supernumerarios Licenciados Sergio
Álvarez de la Rosa
y Felipe Mosso Valdez, fueron llamados para cubrir
las vacantes de los Magistrados Licenciados Sergio Peñuelas Romo y Emilio Castellanos
Luján, por motivos personales el Licenciado Felipe Mosso Valdez no aceptó asumir el cargo,
de esta manera, de acuerdo al orden de prelación por el cual fueron designados,
fue llamado el Magistrado Supernumerario, Licenciado Jesús Antonio Chávez Hoyos.
Posteriormente, la XVII Legislatura
del Congreso del Estado, en sesión ordinaria del 5 de noviembre del 2003 aprobó
una reforma a la Ley
del Fondo Auxiliar para la
Administración de Justicia. La intención legislativa de la
misma, fue facultar a la
Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso para revisar
anualmente el manejo del fondo, y clarifica las facultades del Consejo de la Judicatura