Capítulo X

10.- Reforma a la Constitución Política del Estado de Baja California del 24 de mayo del 2002.

Por Decreto No. 36, publicado en el Periódico Oficial número 21, de fecha 24 de mayo del 2002, y expedido por la H. XVII Legislatura, se reformó el artículo 58 de la Constitución del Estado, para establecer que el Presidente del Tribunal Superior de Justicia durará dos años en el cargo y no podrá ser reelecto.

Por acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de fecha 18 de junio del 2002 y conforme a las facultades conferidas por los artículos 65 de la Constitución Política del Estado y 168 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y lo señalado por los artículos 4, 5, 6, 7 y 8 del Reglamento Interior del Consejo, se llevó acabo el proceso para la designación del Juez Consejero insaculado, resultando el cargo a favor de la Licenciada María Guadalupe Haro Haro, Juez Quinto de lo Civil del Partido Judicial de Mexicali.

El Licenciado Mario Fernando Ruíz Sández, renuncia al cargo de Magistrado Supernumerario para participar en el concurso de oposición para Jueces de primera instancia, y toda vez que por acuerdo del Consejo de la Judicatura de fecha doce de julio del 2002 , fue designado titular del Juzgado Tercero de lo Civil en Ensenada, tomando posesión del cargo el día siete de agosto del mismo año.

Por otra parte, el Consejo de la Judicatura del Estado de Baja California, en cumplimiento al Acuerdo 5.10 emitido en sesión ordinaria de fecha veinticuatro de septiembre del año dos mil dos, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 64 y 65 de la Constitución Política del Estado de Baja California, así como de los artículos 159,168 fracción II y XXIV, y los comprendidos en el Título Decimotercero de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Baja California, se expide el Reglamento de Peritos y Auxiliares de la Administración de Justicia del Estado de Baja California.

Con fecha 6 de diciembre del 2002, el Magistrado José Palomino Castrejón fue designado Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado, para el período comprendido del día primero de noviembre del año 2002 al 31 de octubre del año 2004, merece destacar, que en el período actual se ha dado un gran impulso a la capacitación, formación y actualización de los servidores públicos del Poder Judicial, así como a la dignificación salarial de los Jueces.

El lunes 29 de septiembre del 2003, el Licenciado Víctor Vázquez Fernández, protestó al cargo como Magistrado del Tribunal Superior de Justicia, con lo que se dio cumplimiento a la resolución de amparo numero 17/2002-3, de fecha 23 de septiembre del 2002, que ordenaba la reinstalación de este servidor público de la Administración de Justicia, la cual fue confirmada por el segundo Tribunal Colegiado del XV Circuito de fecha 20 de agosto del 2003.

Como resultado del Proceso de Juicio Político, y luego de fundamentar las conclusiones alcanzadas como Jurado de Sentencia, el Congreso del Estado resolvió con fecha 27 de Octubre de 2003, la destitución de tres magistrados, además de la inhabilitación de nueve ex magistrados. Lo anterior, fue producto del proceso que se inició un año anterior, luego de que los ahora ex magistrados fueron denunciados ante esa Soberanía.

Bajo estas circunstancias, es preciso señalar que en cumplimiento a la ejecución de sentencia de amparo, motivo por el cual fue reinstalado el Magistrado Víctor Vázquez Fernández en la Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia, se originó una situación irregular, toda vez que el Tribunal al estar conformado por cuatro salas, integradas por tres magistrados cada una, no dio lugar a que el Magistrado Jesús Angulo Beltrán, quien era parte integrante de la Tercera Sala en comento, con nombramiento de Magistrado Numerario quedara sin adscripción en alguna de las salas del Tribunal. Por lo que al resolverse el Juicio Político, por el cual se ordena la destitución e inhabilitación del Magistrado Víctor Vázquez Fernández, el Pleno del Consejo de la Judicatura con las facultades conferidas por los artículos 65 párrafo tercero de la Constitución del Estado y 168 fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Judicial, adscribió al Magistrado Jesús Angulo Beltrán en la Cuarta Sala del Tribunal Superior de Justicia, regulándose con ello tal situación.

Asimismo, en base a lo dispuesto por los numerales 61 y 93 de la Constitución del Estado y Ley Orgánica del Poder Judicial, respectivamente, los Magistrados Supernumerarios Licenciados Sergio Álvarez de la Rosa y Felipe Mosso Valdez, fueron llamados para cubrir las vacantes de los Magistrados Licenciados Sergio Peñuelas Romo y Emilio Castellanos Luján, por motivos personales el Licenciado Felipe Mosso Valdez no aceptó asumir el cargo, de esta manera, de acuerdo al orden de prelación por el cual fueron designados, fue llamado el Magistrado Supernumerario, Licenciado Jesús Antonio Chávez Hoyos.

Posteriormente, la XVII Legislatura del Congreso del Estado, en sesión ordinaria del 5 de noviembre del 2003 aprobó una reforma a la Ley del Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia. La intención legislativa de la misma, fue facultar a la Contaduría Mayor de Hacienda del Congreso para revisar anualmente el manejo del fondo, y clarifica las facultades del Consejo de la Judicatura