Capítulo VIII

8.- Reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de Estado de Baja California del 28 de agosto de 1998.

El 28 de agosto de 1998 se publica el decreto No. 187 que reforma los artículos 1, 2, 21, 31, 157, 160 y 162 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Baja California. La reforma realizada a los artículos 1 y 2 de la Ley en comento, están enfocados esencialmente a los órganos encargados de aplicar las leyes, omitiendo en esta ocasión, el señalamiento de los Juzgados de Paz Civil y Paz Penal, enumerándolos en una sola fracción como “Juzgados de Paz”. Además, se sustituye la fracción de Juzgados de jurisdicción mixta por “Jurados Populares”.

Las reformas presentan adiciones en referencia a la forma de cómo sesionará el Tribunal Superior de Justicia, introduciendo la modalidad del calendario anual de actividades colegiadas, el cual establece que estará conformado por sesiones semanales en día y hora preestablecidos.

Con relación al Consejo de la Judicatura, las reformas presentan diversas modificaciones, ya que, además de sesionar de manera semanal, éstas deberán estar planeadas en un calendario anual, en día y hora especifico. Además de funcionar en Comisiones Permanentes que conocerán de asuntos diversos.

Buscando servir a las poblaciones radicadas en el Valle de Mexicali y San Felipe, por acuerdo del Consejo de la Judicatura aprobado el 6 de octubre de 1998, se determinó que el Juzgado Mixto de Paz del Poblado Guadalupe Victoria se transformará en un Juzgado Mixto de Primera Instancia, a efecto de acercar la Administración de Justicia a los residentes de esas zona.

A sugerencia del Licenciado Marco Antonio Jiménez Carrillo, Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado, se elaboró una convocatoria para concurso del logotipo del Poder Judicial, con fechas de recepción de los trabajos y fase de premiación de los mismos. Para tal evento, el Pleno del Consejo de la Judicatura nombró como jurado calificador a los Arquitectos, Rubén García Benavides y Carlos Humberto Coronado, así como al Magistrado, Félix Herrera Esquivel y al Consejero, Arnoldo Castilla García, quienes revisaron los trabajos recibidos y por unanimidad de votos se seleccionó el presentado por Luis Fernando Ochoa Hernández, la ceremonia de premiación se celebró el día 8 de octubre de 1998, en el Auditorio del Museo Universitario, en la ciudad de Mexicali.

Con fecha 23 de octubre de 1998 son publicados en el Periódico Oficial No. 43, el Reglamento Interior del Tribunal Superior de Justicia, el Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura y el Reglamento de Peritos, estos ordenamientos regulan algunos aspecto como la celebración de audiencias y sesiones de las Salas, funciones de la Secretaría General y clasificación del personal adscrito al Tribunal; el procedimiento de insaculación del Magistrado Consejero y Juez Consejero, de las atribuciones del Pleno y las Comisiones del Consejo de la Judicatura, así como la actividad que realicen los peritos conforme a los dispuesto por los artículos 227, 228, 229 y 232 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Baja California.

En Sesión Extraordinaria del Primer Período Ordinario de la Honorable XVI Legislatura Constitucional del Estado, con  fecha 31 de octubre de 1998, fueron conferidos los nombramientos de Consejeros del Consejo de la Judicatura del Estado de Baja California a los Licenciados: Alma Leticia Baeza Sequeiros, Sergio Álvarez de la Rosa y Juan Antonio Sánchez Zertuche, posteriormente, en sesión del Pleno del Tribunal del 3 de noviembre del mismo año, el Licenciado Sergio Peñuelas Romo fue designado Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado, conforme lo dispuesto en los artículos 58 de la Constitución Local; 29 fracción I y 38 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. A este segundo Consejo de la Judicatura se integraron según lo previsto por el artículo 65 de la Carta Política Estatal, el Magistrado Presidente del Tribunal de Justicia Electoral, Licenciado René Rivas Sánchez, así como el Magistrado del Tribunal Superior Félix Herrera Esquivel, y el Juez Tercero de lo Penal del Partido Judicial de Tijuana, Licenciado Gilberto Cota Alanís, ambos electos mediante procedimientos de insaculación.

En consideración a las necesidades de los justiciables y preocupado por la mejor impartición de justicia, el Consejo de la Judicatura acordó en sesión de fecha 18 de marzo de 1999, la transformación del Juzgado Mixto de Paz de Ciudad Morelos a Juzgado Mixto de Primera Instancia, a partir del primero de diciembre de ese año, por lo que, su jurisdicción de primera instancia comprenderá: Delegación Ejido Hermosillo, Delegación Benito Juárez, Delegación Ciudad Morelos, Delegación los Algodones y Delegación Hechicera, todas ellas, perteneciente al Valle de Mexicali (área rural).

Aún cuando desde 1997, el Poder Judicial del Estado publicaba su Boletín Judicial en la red Internet, a través de un proveedor llamado INFOSEL, con el objetivo de agilizar la entrega del Boletín Judicial a los abogados de la Entidad y comunidad en general. Fue a partir del 11 de agosto de 1999, que por Acuerdo del Consejo de la Judicatura empezó a publicarse el Boletín Judicial sin costo alguno en su propia página, en la siguiente dirección electrónica www.poder-judicial-bc.gob.mx.

El Consejo de la Judicatura en sesión del día seis de abril de 1999, aprueba el Reglamento para la Presentación Pública de Declaración Patrimonial de los titulares del Poder Judicial del Estado de Baja California, el cual fue publicado en el Periódico Oficial de fecha 23 de abril del mismo año. Con el objeto de regular internamente al Poder Judicial, la aplicación de la fracción IV del artículo 175 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, relativa a la obligación de Magistrados, Consejeros y Jueces de hacer pública su situación patrimonial.

Respecto al Acuerdo General que crea y regula al Comité Editorial de Publicaciones Impresas del Poder Judicial, resulta importante señalar que, con motivo de la emisión de este Acuerdo General, se reestructuro el Comité, ampliándose el número de integrantes, quienes sesionan una vez por mes para el análisis de contenido de la revista admónjus, ensayos jurídicos y cualesquier otra publicación que se proponga, los investigadores del Instituto de la Judicatura participan como Secretariado Técnico. Este ordenamiento fue aprobado en Sesión del Consejo de la Judicatura el día 14 de diciembre de 1999.

Durante la gestión del Lic. Raúl González Arias como Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado, iniciaron los trabajos para la construcción del edificio que hoy alberga los Juzgados Penales, anexo al Centro de Readaptación Social de la ciudad de Ensenada.

Con la preocupación de administrar justicia en forma rápida y expedita, el Consejo de la Judicatura en sesión de fecha 8 de marzo del 2000, acordó la creación del Partido Judicial de Playas de Rosarito, así como la creación del Juzgado Mixto de Primera Instancia de dicho Partido Judicial, con jurisdicción territorial igual a la del referido municipio.

Con el objeto de regular la organización y funcionamiento del Servicio Médico Forense, con fecha 26 de abril del 2000, fue publicado en el Boletín Judicial el Reglamento del Servicio Médico Forense dependiente del Consejo de la Judicatura, este ordenamiento actualmente vigente, integra el Servicio Médico Forense, establece las facultades y obligaciones del Jefe del Servicio y de los Peritos Médicos, un aspecto de trascendencia del reglamento, donde se instaura un tratamiento especial para los cadáveres como son las medidas asepsia y seguridad.

En sesión ordinaria de la H. XVI Legislatura Constitucional del Estado, de fecha 27 de abril del 2000, fue designado Magistrado Propietario en la Segunda Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia, el Licenciado Marco Antonio López Magaña, en virtud del lamentable fallecimiento del Magistrado Reynaldo Rodríguez Moreno.

El Pleno del Consejo de la Judicatura con fecha 3 de octubre del 2000, realizó el procedimiento de insaculación a que hace referencia el artículo quinto transitorio de la Constitución Política del Estado de Baja California, publicado el 25 de septiembre de 1995 en el Periódico Oficial, así como los numerales 3, 4, 5, 6, 7, 8 y demás relativos del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura y 156 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en vigor, lo anterior, con finalidad de designar al Magistrado y Juez Consejero, resultando insaculados el Magistrado de la Cuarta Sala, Licenciado Marco Antonio Jiménez Carrillo y el titular del Juzgado de Primera Instancia de lo Civil del Partido Judicial de Tijuana, Licenciado Carlos Cruz Rojas.

Con fecha 31 de octubre de 2000, fue publicado el Decreto No. 247 mediante el cual se aprobó la designación de los Licenciados Jesús Alberto Ayala Urías, Luis Ramón Martín del Campo y Eleazar Félix Verástegui Galicia, para ejercer el Cargo de Consejero de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, para el período comprendido del día primero de noviembre del año 2000 al 31 de octubre del año 2005.

Apartir del lunes 12 de marzo del 2001, el Juzgado Primero de lo Penal del Partido Judicial de Ensenada, inicia sus actividades en el edificio, ubicado en camino antiguo a Ojos Negros, a un costado del Centro de Readaptación Social de dicha ciudad.

El Consejo de la Judicatura, en cumplimiento al Acuerdo 4.41, emitido en sesión ordinaria de fecha veintidós de agosto del año dos mil, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 63 fracción VI, 64 y 65 de la Constitución Política del Estado, así como los numerales 155, 159 168 de la Ley Orgánica vigente, expidió el Reglamento de Carrera Judicial, mismo que fue publicado en el Boletín Judicial el lunes 25 de septiembre del 2000. En él se regula lo relativo al escalafón judicial, ingreso a la Carrera Judicial, reserva, preferencias, exámenes y cambios de adscripción, así como la integración de la Comisión de Carrera Judicial del Consejo y ratificación de Jueces, un año después, el Tribunal Superior de Justicia acordó iniciar el proceso de reelección de Jueces.